Educación de Economías Sociales y Solidarias

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RESOLUCIÓN Nº 23276/2021

“QUE REGULA SOBRE FIJACIÓN DE DOMICILIO, DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO Y TELÉFONO, DE LAS ENTIDADES COOPERATIVAS Y ABROGA LA RESOLUCIÓN INCOOP N.º 14.578/2016”.

Asunción, 23 de febrero de 2021

VISTO: La Ley N.º 438/94 “QUE REGULA LA CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS Y DEL SECTOR COOPERATIVO” y la Ley N.º 2.157/03 “QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”;

La Resolución INCOOP N.º 14.578/2016 “POR LA QUE SE REGULA SOBRE FIJACIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL DE LAS ENTIDADES COOPERATIVAS”; y,

CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cooperativismo tiene a su cargo el control y fiscalización de las cooperativas de acuerdo a las atribuciones que le confieren los incisos d) y j) del Art. 5º de la Ley 2157/03 que regula el funcionamiento del INCOOP y establece su carta orgánica y los incisos a) y d) del Art. 118 de la Ley 438/94 de Cooperativas.

Que, para la debida diligencia de esta Autoridad de Aplicación, especialmente a efecto de la eficaz comunicación y/o notificación a las entidades, resulta necesario contar con informaciones actualizadas, respecto a domicilio, dirección de correo electrónico, número de teléfono.

Que, las informaciones comunicadas a esta Institución, serán consideradas válidas, en tanto no fuere comunicado su cambio. Si el domicilio fijado fuere constituido en algún lugar del país que por su ubicación pudiere obstaculizar las tareas de comunicación y/o notificación, esta Autoridad de Aplicación podrá exigir la constitución de otro domicilio, que deberá comunicarse dentro de los diez (10) días.

Que, debido a la modalidad de trabajo aplicada actualmente en esta Institución y las entidades cooperativas o recurrentes, corresponde dejar sin efecto la Resolución INCOOP N.º 14.578/2016, y emitir una nueva adecuada a la realidad actual.

POR TANTO, en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 2.157/03, en sesión ordinaria de fecha 23 de febrero de 2021, asentada en Acta N.º 767/2021 el;

CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO

RESUELVE:

1º. Exigir a las cooperativas, federaciones, centrales y confederaciones de cooperativas la fijación del domicilio de la entidad, la declaración de una dirección de correo electrónico oficial institucional y la información relacionada al número de teléfono institucional.

2º. Determinar que las comunicaciones, notificaciones e intimaciones del INCOOP serán realizadas a través de la dirección de correo oficial o institucional declarada por las entidades cooperativas, en cuanto fueren pertinentes.

3º. Establecer que el domicilio, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono, declarado por las cooperativas, federaciones, centrales y confederaciones de cooperativas, subsistirán hasta tanto sea denunciado otro domicilio, dirección de correo electrónico y/o el número de teléfono.

4º. Determinar que las informaciones requeridas en esta Resolución, deban presentarse, nota mediante, en oportunidad de remitirse los documentos pos asamblearios.

5º. Disponer que las cooperativas, federaciones, centrales y confederaciones de cooperativas, presenten al INCOOP, dentro de los cinco (5) días hábiles, respecto a cualquier modificación de las informaciones requeridas en esta Resolución.

6º. Abrogar la Resolución INCOOP N.º 14.578/2016 “POR LA QUE SE REGULA SOBRE FIJACIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL DE LAS ENTIDADES COOPERATIVAS”, de fecha 01 de marzo de 2016, por efectos de esta nueva disposición.

7º. Difundir la presente resolución y, cumplida Archivar.

Lic. Marta Méndez de Bareiro
Miembro del Consejo

Lic. Jorge Cruz Roa
Miembro del Consejo

Abg. Nilton Maidana Vega
Miembro del Consejo

Crio. Ppal. (R) Abg. Carlos Núñez Agüero
Miembro del Consejo

Lic. Pedro Elías Löblein Saucedo
Presidente