«QUE ESTABLECE COSTOS POR SERVICIOS Y MATERIALES PROPORCIONADOS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO Y SE ABROGA LA RESOLUCIÓN INCOOP N.º 16.180/2017».
Asunción, 22 de setiembre de 2021
VISTO:
La Ley N.º 2.157/03 «QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA»;
La Resolución INCOOP N.º 16.180/2017 «QUE ESTABLECE COSTOS POR SERVICIOS Y MATERIALES PROPORCIONADOS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO…»; y,
CONSIDERANDO:
Que, el inciso d) del Art. 25 de la Ley N.º 2.157/03 establece:
«Las fuentes de recursos financieros del INCOOP serán: d) Las recaudaciones en concepto de prestación de servicios, de la expedición de registros, visaciones y certificaciones, de la rubricación de libros y de la inscripción en los registros a su cargo. El monto por los conceptos señalados será reglamentado por el Consejo Directivo…»
Que, en virtud del artículo anteriormente mencionado, el Consejo Directivo encuentra procedente incluir nuevos materiales y fijar los precios y costos de materiales y servicios; asimismo, resulta necesario abrogar la Resolución del Instituto Nacional de Cooperativismo N.º 16.180/2017 del 25 de abril de 2017.
POR TANTO, en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 2.157/03 y por los fundamentos expuestos en el considerando, en sesión ordinaria de fecha 21 de setiembre de 2021, asentada en Acta N.º 186/2021;
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO
RESUELVE:
Artículo 1° Establecer los costos de materiales y servicios proporcionados por el Instituto Nacional de Cooperativismo, quedando de la siguiente manera:
MATERIALES
| Material | Precio (Gs.) |
| Marco Legal del Sector Cooperativo | 100.000 |
| Formulario de Declaración Jurada o de Decir Verdad | 5.000 |
| Hojas Membretadas – Block de 25 hojas | 15.000 |
| Tarjeta de Registro de Firmas | 5.000 c/u |
SERVICIOS
| Servicio | Precio (Gs.) |
| Homologación de Plan de Cuentas – Cooperativa Tipo A | 150.000 |
| Homologación de Plan de Cuentas – Cooperativa Tipo B | 120.000 |
| Homologación de Plan de Cuentas – Cooperativa Tipo C | 100.000 |
| Homologación de Reglamento Electoral | 100.000 |
| Expedición de Certificados de Inscripción de Cooperativas Constituidas | 100.000 |
| Reconocimiento de Personería Jurídica | 100.000 |
| Homologación de Reforma Total o Parcial de Estatuto Social | 100.000 |
| Tasas de Impugnación Asamblearia | 100.000 |
| Notificación de Impugnación de Asamblea hasta 25 Km de Asunción | 50.000 |
| Notificación de Impugnación de Asamblea mayor a 25 Km de Asunción (más viático de ujier y pasaje ida y vuelta) | 70.000 |
| Notificación sobre denuncias | 50.000 |
| Expedición de Certificado de Importación | 0,5 % sobre el valor importado hasta un máximo de 600.000 |
| Expedición de Certificado de Cumplimiento con el INCOOP | 50.000 |
| Certificación o Autenticación de Documentos | 10.000 |
| Apertura de sucursales, agencias y/o cajeros automáticos de las cooperativas, en el país o en el exterior para actividades de ahorro y crédito | 500.000 |
| Visación de Estados de Cuentas | 5.000 |
| Rubricación de Libros por cada hoja | 200 |
Artículo 2° Abrogar la Resolución INCOOP N.º 16.180/2017, de fecha 25 de abril de 2017.
Artículo 3° Instrumentar y refrendar la presente Resolución a través de la Presidencia del INCOOP.
Artículo 4° Comunicar a quienes corresponda y cumplida archivar.
Lic. Pedro Elías Löblein Saucedo
Presidente
Instituto Nacional de Cooperativismo



