“QUE ESTABLECE COSTOS POR SERVICIOS Y MATERIALES PROPORCIONADOS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO Y ABROGA LA RESOLUCIÓN INCOOP N° 24.470/2021”.
Asunción, 02 de octubre de 2025
VISTO:
La Ley N° 6715/2021 “De procedimientos administrativos”;
La Ley N° 2157/2003 “QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”;
El DICTAMEN D.D./D.J. N° 1732/2025 de la Dirección Jurídica;
La Resolución INCOOP N° 24.470/2021 “QUE ESTABLECE COSTOS POR SERVICIOS Y MATERIALES PROPORCIONADOS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO…”; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 7° de la Ley 6715/2021 indica:
«Legalidad. El acto debe estar positivamente autorizado por el ordenamiento jurídico»;
Que, el inc. d) del Art. 25 de la Ley N° 2.157/03 establece:
«Las fuentes de recursos financieros del INCOOP serán: … d) Las recaudaciones en concepto de prestación de servicios, de la expedición de registros, visaciones y certificaciones, de la rubricación de libros y de la inscripción en los registros a su cargo. El monto por los conceptos señalados será reglamentado por el Consejo Directivo…»
Que, en respuesta a la solicitud de la Dirección de Gabinete de Presidencia, que pide un dictamen jurídico sobre el proyecto de Resolución, la Dirección Jurídica señala que, después de analizar el documento enviado, no tiene objeción alguna.
Que, en virtud del artículo anteriormente mencionado, el Consejo Directivo encuentra procedente incluir nuevos servicios y fijar los precios y costos de materiales y servicios; asimismo, resulta necesario abrogar la Resolución del Instituto Nacional de Cooperativismo N° 24.470/2021 del 22 de setiembre de 2021.
POR TANTO, en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 2.157/03 y por los fundamentos expuestos en el considerando, en sesión ordinaria de fecha 1 de octubre de 2025, asentada en Acta N° 950/2025, el;
CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO
RESUELVE:
Artículo 1°.
Establecer los costos de materiales y servicios proporcionados por el Instituto Nacional de Cooperativismo, quedando de la siguiente manera:
MATERIALES
| MATERIAL | PRECIO EN GUARANÍES |
| Marco Legal del Sector Cooperativo | 100.000 |
| Hojas Membretadas – Block de 25 hojas | 15.000 |
SERVICIOS
| SERVICIO | PRECIO EN GUARANÍES |
| Homologación de Plan de Cuentas – Cooperativa Tipo A | 150.000 |
| Homologación de Plan de Cuentas – Cooperativa Tipo B | 120.000 |
| Homologación de Plan de Cuentas – Cooperativa Tipo C | 100.000 |
| Homologación de Reglamento Electoral | 100.000 |
| Expedición de Certificados de Inscripción de Cooperativas Constituidas | 100.000 |
| Reconocimiento de Personería Jurídica | 100.000 |
| Homologación de Reforma Total o Parcial de Estatuto Social | 100.000 |
| Tasas de Impugnación Asamblearia | 100.000 |
| Notificación de Impugnación de Asamblea hasta 25 Km de Asunción | 50.000 |
| Notificación de Impugnación de Asamblea mayor a 25 Km de Asunción. Más viático de Ujier y pasaje de ida y vuelta. | 70.000 |
| Expedición de Certificado de Importación | 0,5 % sobre Valor Importado hasta máximo de 1.000.000 |
| Expedición de Certificado de Cumplimiento con el INCOOP | 100.000 |
| Certificación o Autenticación de Documentos | 10.000 (por hoja) |
| Apertura de sucursales y/o agencias de las cooperativas, en el país o en el exterior para actividades de ahorro y crédito | 500.000 |
| Visación de Estados de Cuentas por cada una | Tipo A: 100.000 — Tipo B: 50.000 — Tipo C: 20.000 |
| Rubricación de Libros por cada hoja | 200 |
| Tasas por desbloqueo de Alerta Temprana | Tipo A: 500.000 — Tipo B: 300.000 — Tipo C: 150.000 |
Artículo 2°.
Establecer que los Certificados expedidos por esta Autoridad de Aplicación, tendrán una validez de sesenta (60) días corridos, a partir de la fecha de su emisión.
Artículo 3°.
Abrogar la Resolución INCOOP N° 24.470/2021 del 22 de setiembre de 2021, por efectos de esta nueva disposición.
Artículo 4°.
Comunicar a quienes corresponda y cumplida archivar.
Lic. Marta Méndez de Barreiro
Miembro del Consejo
Abg. Estela Vallena Araujo
Miembro del Consejo
Abg. Fabia Cáceres
Miembro del Consejo
Ing. Agr. Carlos Romero Roa
Presidente Interino
Instituto Nacional de Cooperativismo



