“POR LA CUAL SE REGULA SOBRE DOCUMENTACIONES CON PLAZOS ESPECÍFICOS”.
Asunción, 07 de junio de 2016.
VISTO: Las disposiciones de los artículos 5° -incisos “a” y “d” de la Ley 2.157/03; y,
CONSIDERANDO: Que en cumplimiento a las funciones de control y, para la efectiva y oportuna gestión de las documentaciones exigidas a las cooperativas, esta Autoridad de Aplicación establece plazos específicos a las cooperativas o interesados en general. Sin embargo, en ocasiones se incumplen con los vencimientos establecidos en las notificaciones, las intimaciones o los requerimientos de esta Institución, por lo que es necesario regular sobre esta cuestión.
POR TANTO, en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 2.157/03, en sesión ordinaria de fecha 07 de junio de 2016, asentada en Acta No 604/16, el;
CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO
RESUELVE:
1° EXIGIR a las cooperativas o interesados en general, el cumplimiento de los plazos establecidos en las notificaciones, las intimaciones o los requerimientos de informaciones o datos efectuados por esta Autoridad de Aplicación. Caso contrario, los documentos serán recepcionados con el sello “PRESENTACIÓN EXTEMPORÁNEA”, la cual estará sujeta a las sanciones o multas que correspondan.
2°. DIFUNDIR la presente resolución y, cumplida Archivar.



