Educación de Economías Sociales y Solidarias

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RESOLUCION Nº 14954/2016

“POR LA CUAL SE REGLAMENTAN LOS PROCEDIMIENTOS DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS A COOPERATIVAS, SUMARIOS ADMINISTRATIVOS A DIRECTIVOS DE COOPERATIVAS E IMPUGNACIONES ASAMBLEARIAS”. 

 

Asunción, 12 de junio de 2016. 

 

VISTO: El Artículo 124 de la Ley 438/94 “Que regula la constitución, organización y funcionamiento de las Cooperativas y del Sector Cooperativo”, los Artículos 65, 66, 67 del Decreto Reglamentario N°: 14.052/96, los Artículos 32 y 33 de la Ley 2157/03 “Que regula el funcionamiento del Instituto Nacional de Cooperativismo y Establece su Carta Orgánica, el Artículo 126 de la Ley No: 5501/15 Que modifica varios artículos de la Ley No: 438/94 De Cooperativas, y 

CONSIDERANDO: Que, por Memorándum N° 21/2016 de fecha 30 de mayo de 2016, la Dirección de Asesoría Jurídica elevó a consideración de este Consejo Directivo el Proyecto de Resolución, por la cual se establecen los procedimientos para los sumarios administrativos a cooperativas, directivos e impugnaciones asamblearias. 

Que, vista la necesidad de imponer plazos concretos y otras formalidades obligatorias a las actuaciones administrativas, para dotarlos de mayor formalidad y efectividad, de parte de los funcionarios o las partes dentro de los citados procesos administrativos, teniendo en cuenta el alcance de la responsabilidad que implica para los sumariados o impugnados y el INCOOP mismo, en su condición de Autoridad de Aplicación de la legislación cooperativa y Autoridad de Control de los Entes Cooperativos, corresponde reglamentar los procedimientos sumariales a cooperativas, a directivos e impugnaciones de resoluciones asamblearias, basados en su facultad de Ley. 

POR TANTO, en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 2.157/03, en sesión ordinaria de fecha 07 de junio de 2016, asentada en Acta No 604/16, el; 

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO

RESUELVE:

 

1º APROBAR el reglamento de procedimiento para sumarios administrativos a cooperativas, sumario administrativo a directivos e impugnaciones asamblearias, según el Anexo que forma parte de la presente resolución. 

 

2º DETERMINAR que para la aplicación del reglamento indicado en el artículo precedente, la Dirección de Asesoría Jurídica por intermedio del Departamento de Juicios Cooperativos y en su caso, la Secretaría General, realizará las verificaciones de los procedimientos vigentes, aplicables a cada una de ellas. 

 

REFRENDAR e instrumentar la presente resolución a través de la Presidencia del Instituto Nacional de Cooperativismo. 

 

COMUNICAR a quienes corresponda y, cumplida archivar.