“QUE INCORPORA A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL, LA RESOLUCIÓN N° 6/2019 REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ANTI HURTO DE ENTINTADO DE BILLETES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL RETIRO DE CIRCULACIÓN DE BILLETES AFECTADOS POR EL ACCIONAR DE DISPOSITIVOS ANTI HURTO’, EMITIDA POR EL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY”
Asunción, 10 de marzo de 2020
VISTO: Las disposiciones de la Ley N° 2.157/03 «QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO Y ESTABLECE SU CARTA ORGANICA»; la Resolución N° 6 aprobada por el Directorio del Banco Central del Paraguay, según Acta No 83 de fecha 11 de diciembre de 2019; el Acuerdo Marco de Cooperación e Intercambio de Información Interinstitucional entre el Banco Central del Paraguay y el Instituto Nacional de Cooperativismo, suscrito el 28 de noviembre de 2017 y la nota BC/P N° 038 del 17 de febrero de 2020; y,
CONSIDERANDO: Que, las disposiciones de los incisos d) y e) del Art. 5° de la Ley N° 2.157/03, facultan al INCOOP a establecer normas de carácter general y particular, así como dictar
Resoluciones, que guarden relación con la autorización para funcionar, apertura de sucursales y agencias, requisitos de operatoria de efectivo mínimo, fondo de garantía y margen de solvencia, las relaciones técnicas y regulaciones prudenciales sobre liquidez, solvencia, respaldo patrimonial, normas de contabilidad y valoración, y todas aquellas relacionadas con la actividad económica financiera de las cooperativas.
Que, el Directorio del Banco Central del Paraguay, ha considerado necesario establecer procedimientos para el retiro de circulación de billetes dañados como consecuencia del accionamiento de dispositivo anti hurto, emitiendo la Resolución No 6/2019 «REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ANTI HURTO DE ENTINTADO DE BILLETES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL RETIRO DE CIRCULACIÓN DE BILLETES AFECTADOS POR EL ACCIONAR DE DISPOSITIVOS ANTI HURTO”.
Que, en el marco del Acuerdo Marco de Cooperación e Intercambio de Información Interinstitucional entre el Banco Central del Paraguay y el Instituto Nacional de Cooperativismo, suscrito el 28 de noviembre de 2017, esta Institución ha recibido la nota BC/P N° 038, suscripta por el Presidente y el Gerente General, en la que comunican respecto a la emisión de la reglamentación con el objetivo de mitigar los efectos que pudieran tener las acciones de robo de billetes en dependencias o recintos, cajeros automáticos y transportadoras de valores. Y que la misma incorpora la posibilidad que las cooperativas utilicen dispositivos anti-hurto de entintados de billetes y detalla los procedimientos a seguir para el retiro de circulación de billetes afectados por el accionar de dichos dispositivos. Por tanto, solicita al INCOOP la emisión de una resolución que homologue el reglamento mencionado para las entidades bajo su supervisión.
Que, dada la importancia de la reglamentación aprobada por el Directorio del Banco Central del Paraguay, este Consejo Directivo considera pertinente homologar el reglamento respectivo para su implementación por parte de las cooperativas.
POR TANTO, en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 2.157/03, en sesión ordinaria de fecha 10 de marzo de 2020, asentada en Acta N° 738./2020, el;
CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO
RESUELVE:
Artículo 1º. Tomar Razón de la Resolución No 6/2019 «REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ANTI HURTO DE ENTINTADO DE BILLETES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL RETIRO DE CIRCULACIÓN DE BILLETES AFECTADOS POR EL ACCIONAR DE DISPOSITIVOS ANTI HURTO, EMITIDA POR EL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY.
Artículo 2º. Incorporar la Resolución No 6/2019 ‘REGLAMENTO OPERATIVO PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ANTI HURTO DE ENTINTADO DE BILLETES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL RETIRO DE CIRCULACIÓN DE BILLETES AFECTADOS POR EL ACCIONAR DE DISPOSITIVOS ANTI HURTO’, EMITIDA POR EL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY, a las disposiciones normativas dictadas por esta Autoridad de Aplicación, para su implementación en las cooperativas.
Artículo 3º. Comunicar a quienes corresponda y cumplida archivar.
Sr Eugenio Schöller
Miembro del Consejo
Lic. Jorge Cruz Roa
Miembro del Consejo
Abg. Nilton Maidana Vega
Miembro del Consejo
Crio. Ppal. (R) Abg. Carlos Núñez Agüero
Miembro del Consejo
Lic. Pedro Elías Löblein Saucedo
Presidente



